domingo, 31 de mayo de 2015





GTC-45

Evaluación de los riesgos La evaluación de los riesgos corresponde al proceso de determinar la probabilidad de que ocurran eventos específicos y la magnitud de sus consecuencias, mediante el uso sistemático de la información disponible. Para evaluar el nivel de riesgo (NR), se debería determinar lo siguiente:
NR = NP x NC en donde NP = Nivel de probabilidad (véase el numeral 2.24)
NC = Nivel de consecuencia (véase el numeral 2.21) A su vez, para determinar el NP se requiere: NP = ND x NE en donde:
ND = Nivel de deficiencia (véase el numeral 2.22)

 NE = Nivel e exposición (véase el numeral 2.23)Ç




GTC-45

 Aspectos para tener en cuenta al desarrollar la identificación de los peligros y la valoración de los riesgos Para que la identificación de los peligros y la valoración de los riesgos sean útiles en la práctica, las organizaciones deberían:



 a) designar un miembro de la organización y proveer los recursos necesarios para promover y gestionar la actividad;
 b) tener en cuenta la legislación vigente y otros requisitos;
c) consultar con las partes interesadas pertinentes, comunicarles lo que se ha planificado hacer y obtener sus comentarios y compromisos;
 d) determinar las necesidades de entrenamiento del personal o grupos de trabajo para la identificación de los peligros y la valoración de los riesgos e implementar un programa adecuado para satisfacerlas;
e) documentar los resultados de la valoración;
 f) realizar evaluaciones higiénicas y/o monitoreos biológicos, si se requiere;
g) tener en cuenta los cambios en los procesos administrativos y productivos, procedimientos, personal, instalaciones, requisitos legales y otros;

h) tener en cuenta las estadísticas de incidentes ocurridos y consultar información de gremios u organismos de referencia en el tema; 



GTC-45
FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL
La interacción en el ambiente de trabajo, las condiciones de organización laboral y las necesidades, hábitos, capacidades y demás aspectos personales del trabajador y su entorno social, en un momento dado pueden generar cargas que afectan la salud, el rendimiento en el trabajo y la producción laboral.


FACTORES DE RIESGOS FISIOLÓGICOS O ERGONÓMICOS
Involucra todos aquellos agentes o situaciones que tienen que ver con la adecuación del trabajo, o los elementos de trabajo a la fisonomía humana.
Representan factor de riesgo los objetos, puestos de trabajo, máquinas, equipos y herramientas cuyo peso, tamaño, forma y diseño pueden provocar sobre-esfuerzo, así como posturas y movimientos inadecuados que traen como consecuencia fatiga física y lesiones osteomusculares.





FACTORES DE RIESGO QUÍMICO
elementos y sustancias que, al entrar en contacto con el organismo, bien sea por inhalación, absorción o ingestión, pueden provocar intoxicación, quemaduras o lesiones sistémicas, según el nivel de concentración y el tiempo de exposición.


FACTORES DE RIESGO FÍSICO
factores ambientales que dependen de las propiedades físicas de los cuerpos, tales como carga física, ruido, iluminación, radiación ionizante, radiación no ionizante, temperatura elevada y vibración, que actúan sobre los tejidos y órganos del cuerpo del trabajador y que pueden producir efectos nocivos, de acuerdo con la intensidad y tiempo de exposición de los mismos.

GTC -45

FACTORES DE RIESGO EN EL TRABAJO
Denominación  de elementos, fenómenos, ambiente y acciones humanas que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales, y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación y/o control del elemento agresivo ocasionando una enfermedad o hasta la muerte


RIESGO
Probabilidad de que un objeto material, sustancia ó fenómeno pueda, potencialmente, desencadenar perturbaciones en la salud o integridad física del trabajador, así como en materiales y equipos.


FACTORES DE RIESGO BIOLOGICO
En este caso encontramos un grupo de agentes orgánicos, animados o inanimados como los hongos, virus, bacterias, parásitos, pelos, plumas, polen (entre otros), presentes en determinados ambientes laborales, que pueden desencadenar enfermedades infectocontagiosas, reacciones alérgicas o intoxicaciones al ingresar al organismo.


LEY 1562


POR LA CUAL SE MODIFICA EL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE SALUD OCUPACIONAL.

Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte integrante del Sistema General de Riesgos Laborales.


http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Leyes/Documents/ley156211072012.pdf

LEY 652- 2012

la presente resolución es definir la conformación, y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas, así como establecer la responsabilidad que les asiste a los empleadores públicos y privados y a las Administradoras de Riesgos Profesionales frente al desarrollo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, contenidas en el artículo 14 de la Resolución número 2646 de 2008.









http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47374



LEY  100



es la que dispone que la seguridad social integral son las normas, procedimientos y instituciones que brindan a las personas y a sus comunidades  una calidad de vida, por medio de programas que están supervisados por el estado para la sociedad, que desarrollen estrategias para mejores servicios de salud con el fin de lograr bienestar colectivo e individual en la comunidad.
http://hdv.gov.co/download/normatividad/leyes/Ley%20100%20de%201993.PDF


DECRETO 1443

 Este Decreto tiene como objetivo definir las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo -SG-SST, que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los

trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión.
http://ccs.org.co/salaprensa/index.php?option=com_content&view=article&id=467:decreto1443&catid=274&Itemid=805
LEY 9-79


Para la protección del Medio Ambiente la presente Ley establece:

Las normas generales que servirán de base a las disposiciones y reglamentaciones necesarias para preservar, restaurar y mejorar las condiciones sanitarias en lo que se relaciona a la salud humana.



http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1177
LEY 1010


La ley de acoso laboral, como comúnmente se le conoce fue expedida por el Congreso de la República con el objeto de todas las formas de agresión contra los trabajadores, creando un marco conceptual y procedimental en la materia. Bien sabido es que el trabajo es un valor  del Estado social de derecho y éste lo debe proteger en todas sus formas contra todo tipo de situación que menoscabe la integridad y la dignidad humana de las personas dentro de las relaciones laborales ya sean públicas o privadas.




miércoles, 27 de mayo de 2015

RESOLUCION 24oo

Por el cual se establece el reglamento general de Seguridad e Higiene Industrial en cada establecimiento de trabajo con el fin de preservar la salud física y mental y prevenir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.




















http://www.ilo.org/dyn/travail/docs/1509/industrial%20safety%20statute.pdf

RESOLUCIÓN 2648


Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31607

LA RESOLUCIÓN 1401 DEL 2007

dictada por el ministerio de protección social, dando programas y políticas de prevención de riesgos profesionales, evitando accidentalidad en el área laboral, para que los trabajadores tengan una calidad de vida favorable ejerciendo su rol laboral. Evitando las contingencias de origen profesional ocurridas a los trabajadores dependientes e independientes.


http://es.slideshare.net/Luanny33/factores-de-riesgo-laboral-36568989
http://www.mcgraw-hill.es/bcv/guide/capitulo/8448171586.pdf


La Organización Mundial de la Salud (OMS):

Define la salud ocupacional como una actividad multidisciplinaria que promueve y protege la salud de los trabajadores. Esta disciplina busca controlar los accidentes y las enfermedades mediante la reducción de las condiciones de riesgo. 

TERAPIA OCUPACIONAL EN SECTOR TRABAJO

QUE ES TERAPIA OCUPACIONAL.


el conjunto de técnicas, métodos y actuaciones que, a través de actividades aplicadas con fines terapéuticos, previene y mantiene la salud, favorece la restauración de la función, suple los déficit invalidantes y valora los supuestos comportamentales y su significación profunda para conseguir la mayor independencia y reinserción posible del individuo en todos sus aspectos: laboral, mental, físico y social”.

http://www.neurorhb.com/blog-dano-cerebral/que-es-la-terapia-ocupacional/


 T.O EN SECTOR TRABAJO


Un terapeuta ocupacional puede prestar sus habilidades y entrenamiento para evaluar la capacidad de una persona en vistas a cumplir sus tareas laborales y supervisar las necesidades de la empresa en cuanto a ajustarse a su programa de trabajo.
El objetivo de la terapia ocupacional es proporcionar a los trabajadores que regresan a su tarea una total independencia y funcionalidad en su desarrollo. Un programa de transición también permite el uso de intervenciones que incorporen prácticas ambientales y ergonómicas correctas y saludables, así como controlar el progreso obtenido para determinar cuándo empezar.