domingo, 31 de mayo de 2015





GTC-45

Evaluación de los riesgos La evaluación de los riesgos corresponde al proceso de determinar la probabilidad de que ocurran eventos específicos y la magnitud de sus consecuencias, mediante el uso sistemático de la información disponible. Para evaluar el nivel de riesgo (NR), se debería determinar lo siguiente:
NR = NP x NC en donde NP = Nivel de probabilidad (véase el numeral 2.24)
NC = Nivel de consecuencia (véase el numeral 2.21) A su vez, para determinar el NP se requiere: NP = ND x NE en donde:
ND = Nivel de deficiencia (véase el numeral 2.22)

 NE = Nivel e exposición (véase el numeral 2.23)Ç




GTC-45

 Aspectos para tener en cuenta al desarrollar la identificación de los peligros y la valoración de los riesgos Para que la identificación de los peligros y la valoración de los riesgos sean útiles en la práctica, las organizaciones deberían:



 a) designar un miembro de la organización y proveer los recursos necesarios para promover y gestionar la actividad;
 b) tener en cuenta la legislación vigente y otros requisitos;
c) consultar con las partes interesadas pertinentes, comunicarles lo que se ha planificado hacer y obtener sus comentarios y compromisos;
 d) determinar las necesidades de entrenamiento del personal o grupos de trabajo para la identificación de los peligros y la valoración de los riesgos e implementar un programa adecuado para satisfacerlas;
e) documentar los resultados de la valoración;
 f) realizar evaluaciones higiénicas y/o monitoreos biológicos, si se requiere;
g) tener en cuenta los cambios en los procesos administrativos y productivos, procedimientos, personal, instalaciones, requisitos legales y otros;

h) tener en cuenta las estadísticas de incidentes ocurridos y consultar información de gremios u organismos de referencia en el tema; 



GTC-45
FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL
La interacción en el ambiente de trabajo, las condiciones de organización laboral y las necesidades, hábitos, capacidades y demás aspectos personales del trabajador y su entorno social, en un momento dado pueden generar cargas que afectan la salud, el rendimiento en el trabajo y la producción laboral.


FACTORES DE RIESGOS FISIOLÓGICOS O ERGONÓMICOS
Involucra todos aquellos agentes o situaciones que tienen que ver con la adecuación del trabajo, o los elementos de trabajo a la fisonomía humana.
Representan factor de riesgo los objetos, puestos de trabajo, máquinas, equipos y herramientas cuyo peso, tamaño, forma y diseño pueden provocar sobre-esfuerzo, así como posturas y movimientos inadecuados que traen como consecuencia fatiga física y lesiones osteomusculares.





FACTORES DE RIESGO QUÍMICO
elementos y sustancias que, al entrar en contacto con el organismo, bien sea por inhalación, absorción o ingestión, pueden provocar intoxicación, quemaduras o lesiones sistémicas, según el nivel de concentración y el tiempo de exposición.


FACTORES DE RIESGO FÍSICO
factores ambientales que dependen de las propiedades físicas de los cuerpos, tales como carga física, ruido, iluminación, radiación ionizante, radiación no ionizante, temperatura elevada y vibración, que actúan sobre los tejidos y órganos del cuerpo del trabajador y que pueden producir efectos nocivos, de acuerdo con la intensidad y tiempo de exposición de los mismos.

GTC -45

FACTORES DE RIESGO EN EL TRABAJO
Denominación  de elementos, fenómenos, ambiente y acciones humanas que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales, y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación y/o control del elemento agresivo ocasionando una enfermedad o hasta la muerte


RIESGO
Probabilidad de que un objeto material, sustancia ó fenómeno pueda, potencialmente, desencadenar perturbaciones en la salud o integridad física del trabajador, así como en materiales y equipos.


FACTORES DE RIESGO BIOLOGICO
En este caso encontramos un grupo de agentes orgánicos, animados o inanimados como los hongos, virus, bacterias, parásitos, pelos, plumas, polen (entre otros), presentes en determinados ambientes laborales, que pueden desencadenar enfermedades infectocontagiosas, reacciones alérgicas o intoxicaciones al ingresar al organismo.


LEY 1562


POR LA CUAL SE MODIFICA EL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE SALUD OCUPACIONAL.

Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte integrante del Sistema General de Riesgos Laborales.


http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Leyes/Documents/ley156211072012.pdf

LEY 652- 2012

la presente resolución es definir la conformación, y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas, así como establecer la responsabilidad que les asiste a los empleadores públicos y privados y a las Administradoras de Riesgos Profesionales frente al desarrollo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, contenidas en el artículo 14 de la Resolución número 2646 de 2008.









http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47374



LEY  100



es la que dispone que la seguridad social integral son las normas, procedimientos y instituciones que brindan a las personas y a sus comunidades  una calidad de vida, por medio de programas que están supervisados por el estado para la sociedad, que desarrollen estrategias para mejores servicios de salud con el fin de lograr bienestar colectivo e individual en la comunidad.
http://hdv.gov.co/download/normatividad/leyes/Ley%20100%20de%201993.PDF